[1]  Ítem, Jehová habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:

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[2]  Habla a los hijos de Israel, y díles: Cuando hubiereis entrado en la tierra, que yo os doy, la tierra descansará descanso a Jehová.

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[3]  Seis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña, y cogerás sus frutos;

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[4]  Y el séptimo año la tierra tendrá sábado de holganza, sábado a Jehová: no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.

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[5]  Lo que de suyo se naciere en tu segada, no lo segarás: y las uvas de tu apartadura no vendimiarás: año de holganza será a la tierra.

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[6]  Mas el sábado de la tierra os será para comer, a ti, y a tu siervo, y a tu sierva, y a tu criado, y a tu extranjero, que moraren contigo:

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[7]  Y a tu animal, y a la bestia que hubiere en tu tierra, será todo su fruto para comer.

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[8]  ¶ Y contarte has siete semanas de años, siete veces siete años, y serte han los días de las siete semanas de años cuarenta y nueve años.

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[9]  Y harás pasar la trompeta de jubilación en el mes séptimo; a los diez del mes, el día de las expiaciones, haréis pasar trompeta por toda vuestra tierra.

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[10]  Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores: este os será jubileo: y volveréis cada uno a su posesión; y cada uno volverá a su familia.

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[11]  El año de los cincuenta años os será jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus apartaduras.

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[12]  Porque es jubileo: santo será a vosotros: el fruto de la tierra comeréis.

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[13]  En este año del jubileo volveréis cada uno a su posesión.

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[14]  ¶ Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o compraréis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.

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[15]  Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo: conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.

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[16]  Conforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la diminución de los años disminuirás el precio: porque el número de los frutos te ha de vender él.

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[17]  Y no engañe ninguno a su prójimo: mas tendrás temor de tu Dios, porque yo soy Jehová vuestro Dios.

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[18]  Y hacéd mis estatutos, y guardád mis derechos, y hacédlos, y habitaréis sobre la tierra seguros:

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[19]  Y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta hartura, y habitaréis sobre ella seguros:

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[20]  Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí, no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos.

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[21]  Entonces yo os enviaré mi bendición el año sexto, y hará fruto por tres años.

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[22]  Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo hasta el año noveno: hasta que venga su fruto comeréis del añejo.

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[23]  ¶ Y la tierra no se venderá rematadamente: porque la tierra es mía, que vosotros peregrinos y extranjeros sois conmigo.

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[24]  Por tanto en toda la tierra de vuestra posesión daréis remisión a la tierra.

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[25]  ¶ Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá su rescatador, su pariente más cercano, y rescatará lo que su hermano vendiere.

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[26]  Y el varón, cuando no tuviere rescatador, si alcanzare después su mano, y hallare lo que basta para su rescate;

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[27]  Entonces contará los años de su venta, y volverá lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.

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[28]  Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo, y al jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.

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[29]  Ítem, el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, su remisión será hasta acabarse el año de su venta: un año será su remisión.

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[30]  Y sino fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en ciudad que tuviere muro, quedará rematadamente al que la compró para sus descendientes: no saldrá en el jubileo:

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[31]  Mas las casas de las aldeas, que no tienen muro al derredor, serán estimadas como una haza de tierra: tendrán remisión, y saldrán en el jubileo.

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[32]  ¶ Mas de las ciudades de los Levitas, y de las casas de las ciudades, que poseyeren, los Levitas habrán remisión siempre.

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[33]  Y el que comprare de los Levitas, la venta de la casa, y de la ciudad de su posesión saldrá en el jubileo, por cuanto la casa de las ciudades de los Levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.

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[34]  Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.

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[35]  ¶ Ítem, cuando tu hermano empobreciere, y acostare su mano a ti, tú le recibirás: como peregrino y extranjero vivirá contigo.

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[36]  No tomarás usura de él, ni aumento: mas habrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.

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[37]  No le darás tu dinero a usura, ni tu vitualla a aumento:

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[38]  Yo Jehová vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.

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[39]  Ítem, cuando tu hermano empobreciere estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como siervo.

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[40]  Como criado, como extranjero estará contigo: hasta el año del jubileo te servirá.

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[41]  Entonces saldrá de contigo él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se volverá.

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[42]  Porque son mis siervos, los cuales yo saqué de la tierra de Egipto: no serán vendidos como siervos.

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[43]  No te enseñorearás de él con dureza, mas habrás temor de tu Dios.

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[44]  ¶ Ítem, tu siervo o tu sierva, que tuvieres serán de las gentes, que están en vuestro al derredor: de ellos compraréis siervos y siervas.

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[45]  Y también de los hijos de los forasteros, que viven entre vosotros compraréis: y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros: los cuales tendréis por posesión.

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[46]  Y poseerlos heis por juro de heredad para vuestros hijos después de vosotros para tener posesión, para siempre os serviréis de ellos: empero en vuestros hermanos los hijos de Israel, cada uno en su hermano, no os enseñorearéis en él con dureza.

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[47]  ¶ Ítem, cuando la mano del peregrino y extranjero, que está contigo, alcanzare, y tu hermano que está con él, empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero, que está contigo, o a la raza del linaje del extranjero,

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[48]  Después que se hubiere vendido, tendrá redención: uno de sus hermanos le rescatará;

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[49]  O su tio, o el hijo de su tio le rescatará, o el cercano de su carne, de su linaje, le rescatará: o si su mano alcanzare, él se redimirá.

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[50]  Y contará con el que le compró desde el año que se vendió a él hasta el año del jubileo: y apreciarse ha el dinero de su venta conforme al número de los años, y hacerse ha con él conforme al tiempo de un criado.

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[51]  Si aun fueren muchos años, conforme a ellos volverá su rescate del dinero por el cual se vendió.

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[52]  Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, y volverá su rescate conforme a sus años.

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[53]  Como cogido de año por año hará con él, no se enseñoreará en él duramente delante de tus ojos:

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[54]  Mas si no se redimiere en ellos, saldrá en el año del jubileo él, y sus hijos con él.

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[55]  Porque mis siervos son los hijos de Israel, mis siervos son, que yo saqué de la tierra de Egipto: Yo Jehová, vuestro Dios.

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