Deuteronomium - Kapitel 15 Kap. 15 - Deuteronomium

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[1]  Al cabo de los siete años harás remisión.

[2]  Y esta es la manera de la remisión: Dejará a su deudor todo aquel que emprestó de su mano, con que adeudó a su prójimo: no lo tornará a demandar a su prójimo, o a su hermano; porque la remisión de Jehová es pregonada.

[3]  Del extranjero tornarás a demandar: mas lo que tuviere tuyo tu hermano, soltarlo ha tu mano.

[4]  Solamente porque no haya en ti mendigo: porque bendiciendo te bendecirá Jehová en la tierra, que Jehová tu Dios te da por heredad para que la poseas:

[5]  Si empero oyendo oyeres la voz de Jehová tu Dios, para que guardes y hagas todos estos mandamientos, que yo te mando hoy:

[6]  Porque Jehová tu Dios te bendijo, como te había dicho: y emprestarás a muchas gentes, mas tú no tomarás emprestado: y enseñorearte has de muchas gentes, y de ti no se enseñorearán.

[7]  Cuando hubiere en ti mendigo de tus hermanos en alguna de tus ciudades, en tu tierra que Jehová tu Dios te da, no endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano a tu hermano mendigo;

[8]  Mas abriendo abrirás a él tu mano, y emprestando le emprestarás asaz lo que hubiere menester.

[9]  Guárdate que no haya en tu corazón perverso pensamiento, diciendo: Cerca está el año séptimo de la remisión: y tu ojo sea maligno sobre tu hermano menesteroso para no darle: que él clamará contra ti a Jehová y serte ha por pecado.

[10]  Dando le darás, y tu corazón no sea maligno cuando le dieres, que por esto te bendecirá Jehová tu Dios en todos tus hechos y en todo lo que pusieres mano.

[11]  Porque no faltarán menesterosos de en medio de la tierra, por tanto yo te mando, diciendo: Abrirás tu mano a tu hermano, a tu pobre, y a tu menesteroso en tu tierra.

[12]  ¶ Cuando se vendiere a ti tu hermano Hebreo o Hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo año le enviarás de ti libre.

[13]  Y cuando le enviares de ti libre, no le enviarás vacío:

[14]  Cargando le cargarás, de tus ovejas, y de tu era, y de tu lagar: en lo que te hubiere bendecido Jehová de ello le darás.

[15]  Y acordarte has, que fuiste siervo en tierra de Egipto, y que Jehová tu Dios te rescató: por tanto yo te mando hoy esto.

[16]  Y será, que si él te dijere: No saldré de contigo: porque te amó a ti y a tu casa, que le va bien contigo;

[17]  Entonces tomarás una lesna, y darás en su oreja y en la puerta; y serte ha siervo para siempre: así también harás a tu criada.

[18]  No te parezca duro, cuando le enviares libre de ti, que doblado del salario de mozo de soldada te sirvió seis años: y Jehová tu Dios te bendecirá en todo cuanto hicieres.

[19]  ¶ Todo primogénito que nacerá en tus vacas y en tus ovejas, el macho santificarás a Jehová tu Dios: no te sirvas del primogénito de tus vacas, ni trasquiles el primogénito de tus ovejas.

[20]  Delante de Jehová tu Dios los comerás cada un año en el lugar que Jehová escogiere, tú y tu casa.

[21]  Y si hubiere en él falta, ciego, o cojo, o cualquiera otra mala falta, no lo sacrificarás a Jehová tu Dios.

[22]  En tus villas lo comerás, inmundo y limpio también comerán de él como de un corzo, o de un ciervo.

[23]  Solamente que no comas su sangre: sobre la tierra derramarás como agua.